Desde que a finales de 2007 entrase en vigor el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, las empresas han tenido relativamente «fácil» cumplir con la normativa relativa a la protección de datos.
Y es que, dicho Reglamento (aún vigente) establece cuáles son las medidas de seguridad exactas que los responsables de los ficheros (las empresas) deben cumplir en función del tipo de dato personal que tratan, estructurándose o dividiéndose en datos de nivel básico, medio y alto.
Ahora bien, la reciente entrada en vigor del Reglamento Europeo de Protección de Datos, de aplicación directa para todos los Estados miembros y de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo de 2018, cambia totalmente esta situación.