¿Puedo instalar cámaras de videovigilancia en mi empresa?

La respuesta es sí. No obstante, para poder instalar cámaras de videovigilancia en nuestra empresa, conforme a la normativa estatal, debemos cumplir con los siguientes requisitos:

Cartel informativo

En primer lugar, debemos informar de que la empresa dispone de cámaras de videovigilancia.

¿Cómo? Con carteles informativos.

¿Dónde? En los lugares de acceso, colocados de forma claramente visible. Así, los precitados carteles deben colocarse de forma que las personas que vayan a entrar en la empresa vean el cartel y puedan decidir entrar o no antes de ser grabados.

cartel-de-zona-videovigilada-para-imprimir

Este cartel, es el que suele y puede utilizarse para informar a las personas de que el lugar al que van a acceder dispone de cámaras de videovigilancia.

Las dos líneas que tiene en blanco, deben rellenarse. La primera con el nombre completo de la empresa y la segunda con la dirección postal de la misma. De esta forma, informamos del uso de las cámaras de videovigilancia y de la empresa que recoge esas imágenes, tal y como obliga la legislación actual.

La dirección postal de la empresa debe ponerse porque es donde las personas que han sido grabadas deben dirigirse en caso de querer ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Alta fichero en el Registro General de Protección de Datos

En segundo lugar, debemos dar de alta un fichero en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos. Dar de alta el fichero es totalmente gratuito y en muchas ocasiones, es la propia empresa de seguridad que instala las cámaras la que se encarga de dar de alta el fichero, pero debemos asegurarnos de que sea así.

Cuando se da de alta el fichero en la Agencia Española de Protección de Datos lo que se hace es informar a la Agencia de que la empresa tiene un sistema de videovigilancia y de la finalidad de esa videovigilancia. Esto último es muy importante, porque la videovigilancia debe tener una finalidad o varias, pero deben concretarse (seguridad de la empresa, control de acceso de las personas a la empresa, control laboral, etc.).

Indicar la finalidad es muy importante porque si por ejemplo, utilizamos las cámaras de videovigilancia para controlar al personal laboral, debe advertirse (informar) a los trabajadores de este extremo. Tanto es así, que si después utilizamos las grabaciones para acreditar el mal comportamiento del trabajador y justificar su despido, si no fue advertido del uso de cámaras, ese despido puede resultar nulo y la empresa puede resultar sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos, por utilizar las cámaras de videovigilancia con una finalidad diferente a la manifestada y no haber avisado de ello a las personas afectadas, en el caso del ejemplo, a los trabajadores.

Actualizar Documento de Seguridad

Por último, debe añadirse el fichero de videovigilancia, así como, la empresa encargada de gestionar el sistema en el Documento de Seguridad de la empresa (Documento que recoge las medidas de seguridad de la empresa respecto de los datos personales que recoge y trata, tales como clientes, trabajadores, etc. y que es obligatorio tener y actualizar, como mínimo, una vez al año).

Debe tenerse en cuenta que las cámaras de videovigilancia solo pueden grabar el interior y acceso de la empresa, no pueden grabar espacios públicos.