Nunca me acostumbraré

Llevo ejerciendo como abogada 12 años y me sigue sorprendiendo llegar a juicio y ver que el juez no se ha leído el expediente. Esto no es que pase siempre, pero si pasa más a menudo de lo que parece.

Hace unos días tenía una vista para solicitar la filiación paterna de una menor nacida el pasado mes de agosto gracias a una Fecundación In Vitro post mortem y la jueza no sabía; quién era el contrario, si se había resuelto quién era el defensor judicial de la menor o no y por qué pedía la testifical de los abuelos paternos (algo que había explicado hasta en dos ocasiones durante el proceso previo a la vista). Es más, hizo parar la grabación de la vista por considerar en ese momento que la demanda estaba mal puesta por no haberse dirigido contra los abuelos de la menor. Tras explicarle que ellos no eran los herederos sino que lo era la propia actora, pide perdón por la confusión, el susto que nos da y reiniciamos la grabación.

A todo esto el Ministerio Fiscal no tenía claro si había contestado la demanda o no… Sí lo había hecho aunque de forma, digamos que, un poco escueta. Su contestación fue la siguiente “PRIMERO: Se opone al resto de los hechos relatados en la demanda en tanto no resulten probados«. Contestación que también suele ser habitual.

Esta situación es muy triste en cualquier proceso judicial, pero en un proceso especial como el de determinar la filiación paterna de una menor, cuyo padre murió de cáncer hace 4 años, me parece un despropósito, más cuando he hecho venir a los abuelos paternos, personas muy mayores, a la vista y no se les ha escuchado por entender que no era necesario su interrogatorio porque ya entendían tanto la jueza como la fiscal que ambos eran sus abuelos y ejercían como tal. Podría haberles ahorrado el viaje y el mal trago de prepararse para entrar en un juzgado a hablar de su difunto hijo si alguien se hubiese dignado a mirar el expediente antes.

Para colmo, la Fiscal solicita la desestimación de la filiación paterna porque han transcurrido más de 290 días desde el fallecimiento del padre. De haberse mirado antes el expediente habría visto que el padre murió hace 4 años y la niña nació hace 9 meses fruto de una FIV post mortem y, por tanto, es imposible que pudiéramos pedir la filiación dentro del plazo marcado por ley y de ahí nuestra solicitud ahora ante el juzgado. Básicamente, porque la niña no había nacido entonces.

Obviamente, la clienta ha salido de la sala y lo primero que me ha dicho es “¡No entiendo nada!¡No se han leído el expediente!” y tiene razón. Se ha ido con sensación de desamparo y de ser ninguneada y también tiene razón.

Estas situaciones no deberían producirse y menos en procesos especiales y tan delicados como era éste.