La problemática de la inscripción de los hijos nacidos fuera de España por gestación subrogada

La técnica de la gestación subrogada, o vulgarmente conocida como el uso de un «vientre de alquiler», es la técnica de reproducción humana asistida consistente en que una mujer, libre y voluntariamente, geste al hijo de un hombre, mujer o pareja y se lo entregue tras el nacimiento, renunciando a cualquier tipo de derecho o deber sobre el menor.

Actualmente en España el uso de esta técnica está prohibido. No obstante, muchos españoles que no pueden gestar a sus hijos ya sea porque son hombres solteros, parejas de hombre o porque la mujer no puede quedarse embarazada o llevar un embarazo a término, deciden acceder a la gestación subrogada fuera de España en países como EEUU, Méjico o Ucrania donde sí está permitido.

El problema aparece en muchos casos cuando se intenta inscribir al menor nacido fruto de una gestación subrogada fuera de España en el Registro Civil Español ya que, en España, por defecto, la madre es la mujer que pare al bebé y que, por tanto, aparece como tal en el certificado de nacimiento emitido por el propio hospital. Esto es así porque la gestación subrogada en España está absolutamente prohibida y, por tanto, nuestra legislación no concibe ni está preparada para considerar que la madre pueda ser otra mujer a la que ha dado a luz al bebé.

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