La problemática de la inscripción de los hijos nacidos fuera de España por gestación subrogada

La técnica de la gestación subrogada, o vulgarmente conocida como el uso de un «vientre de alquiler», es la técnica de reproducción humana asistida consistente en que una mujer, libre y voluntariamente, geste al hijo de un hombre, mujer o pareja y se lo entregue tras el nacimiento, renunciando a cualquier tipo de derecho o deber sobre el menor.

Actualmente en España el uso de esta técnica está prohibido. No obstante, muchos españoles que no pueden gestar a sus hijos ya sea porque son hombres solteros, parejas de hombre o porque la mujer no puede quedarse embarazada o llevar un embarazo a término, deciden acceder a la gestación subrogada fuera de España en países como EEUU, Méjico o Ucrania donde sí está permitido.

El problema aparece en muchos casos cuando se intenta inscribir al menor nacido fruto de una gestación subrogada fuera de España en el Registro Civil Español ya que, en España, por defecto, la madre es la mujer que pare al bebé y que, por tanto, aparece como tal en el certificado de nacimiento emitido por el propio hospital. Esto es así porque la gestación subrogada en España está absolutamente prohibida y, por tanto, nuestra legislación no concibe ni está preparada para considerar que la madre pueda ser otra mujer a la que ha dado a luz al bebé.

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Gestación subrogada en Portugal

Hace escasos meses los medios de comunicación se hacían eco de que nuestro país vecino, tras un largo y muy cuestionado debate parlamentario, por fin, aprobaba la gestación subrogada como un medio más para poder concebir.

Así, el pasado agosto de 2017 entraba en vigor en Portugal la Ley número 25/2016, de 22 de agosto de 2016 que regula la técnica de sustitución del embarazo, es decir, la gestación subrogada.

La gestación subrogada o gestación por sustitución, también conocida vulgarmente como «vientre de alquiler», no es otra cosa que una técnica de reproducción humana asistida mediante la cual una mujer libre y voluntariamente gesta un bebé para otra mujer, hombre o pareja, con expresa renuncia de la gestante de cualquier derecho o deber sobre el nacido.

¿Qué requisitos establece Portugal para poder acceder a la gestación subrogada?

  1. Se requiere que haya ausencia de útero, que éste esté dañado o haya un informe médico que establezca que no hay posibilidad de que pueda llevarse a cabo un embarazo a término y que, por tanto, la única forma de concebir un hijo es mediante la gestación subrogada. Es decir, se trata de una técnica a la que se podrá acceder de forma excepcional y, además, con carácter gratuito.
  2. La gestación subrogada solo podrá llevarse a cabo en centros públicos y privados autorizados por el Ministerio de Sanidad.
  3. En caso de que la gestación subrogada deba llevarse a cabo mediante donación de óvulos, los óvulos donados no podrán ser nunca de la gestante.
  4.  Al menos el óvulo o el esperma deberá ser de uno de los padres de intención o beneficiarios de la gestación subrogada. Esto dejaría fuera del alcance de la gestación subrogada en Portugal a mujeres y hombres solteros cuyos óvulos y esperma no son válidos clínicamente para concebir e incluso a parejas cuyos gametos no sirven para concebir y que aquí en España deberían acudir a la adopción de embriones.
  5. Se precisará, para poder acceder a la gestación subrogada en Portugal, la previa autorización del Consejo Nacional de Procreación Clínicamente Asistida que, se encargará además de supervisar todo el proceso para garantizar que se cumplen todas las garantías.
  6. Queda prohibido expresamente el pago o donación de cantidades económicas o bienes a favor de la gestante. Los padres de intención o beneficiarios de la gestación subrogada únicamente abonarán los gastos del seguimiento médico, el transporte y la medicación que, además, deberán probarse con las correspondientes facturas.
  7. La gestante no podrá tener una relación de subordinación económica ya sea laboral o de prestación de servicios con ninguno de los beneficiarios de la gestación por subrogación. De esta forma se garantiza que la mujer no ha sido obligada o incentivada a ser gestante.
  8. El bebé que nazca, fruto de la gestación subrogada, será considerado hijo directamente de los padres de intención o beneficiarios de la gestación por sustitución. Esto puede ayudar muy mucho a la agilidad del registro de los niños de parejas españolas en el Registro Civil español ya que, si no aparece la gestante en el certificado de nacimiento ni el hecho de que el niño ha sido nacido fruto de esta técnica, se facilitará el acceso del niño al registro. Pero bueno, habrá que ver a la práctica cómo se traduce en el procedimiento ante el Registro Civil del consulado español de Portugal.
  9. El contrato de gestación por sustitución deberá ser por escrito, estar supervisado por el Consejo Nacional de Procreación Clínicamente Asistida y deberá recoger, entre otros aspectos: qué ocurre en caso de malformación en el feto, enfermedad genética y la posibilidad de interrumpir voluntariamente el embarazo. No se podrán incluir cláusulas que vulneren o atenten contra los derechos y libertades de la gestante. Además, se busca regular también la relación entre la gestante y el bebé tras el nacimiento y que ésta relación sea la mínima posible para evitar problemas psicológicos a excepción, como es obvio, de que la gestante sea un familiar cercano en cuyo caso, entre el bebé y ella existirá la relación familiar que corresponda.

La propia ley establece que se castigará con penas de prisión y multas económicas a los participantes en la gestación subrogada que no cumplan con alguno o algunos de los anteriores requisitos.

¿Cómo está funcionando a la práctica la gestación por sustitución en Portugal?

Pues a la práctica, como la entrada en vigor de la ley es de hace escasos seis meses, aún no ha nacido ningún niño fruto de esta técnica en Portugal. Así que habrá que esperar y ver cómo y con qué garantías nuestro país vecino está gestionando esta técnica.

Según he leído en diferentes medios de comunicación, el primer bebé nacido por gestación subrogada en Portugal se espera que sea el de una abuela portuguesa que se ha ofrecido como gestante de su nieto.

Veremos a ver cómo va.