Defensa en los procedimientos sancionadores iniciados por la Agencia Española de Protección de Datos.
La normativa actual (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal), permite a la Agencia Española de Protección de Datos sancionar con hasta 600.000 euros las infracciones que vulneren el derecho fundamental a la protección de datos.
No es ninguna novedad que las sanciones que impone la Agencia Española de Protección de Datos son muy elevadas y, todo indica, que el reglamento europeo pendiente de aprobación elevará el importe de las sanciones hasta los 900.000 euros.
Por ello y para evitar la sanción o, en su caso, intentar reducir el importe de ésta a lo mínimo posible, es importante disponer de una buena defensa durante todo el procedimiento sancionador.
Nuestro trabajo en este caso, consiste en la defensa del cliente durante el inicio del procedimiento sancionador y durante todo el proceso hasta su terminación, con el objetivo de que: se archive el procedimiento sancionador, se anule la sanción impuesta o, en su caso y si se ha producido realmente una vulneración grave del derecho a la protección de datos, el importe de la sanción se reduzca lo máximo posible.