Las 10 novedades que debes conocer de la reforma de la Ley General de Consumidores y Usuarios

Novedades ley consumidores y usuariosHoy entra en vigor la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Dicha modificación conlleva grandes cambios, entre ellos, pasamos a señalar los 10 más importantes para nosotros:

  1. Las líneas de teléfono de contacto que ponga el empresario a disposición del consumidor, no pueden superar la tarifa básica, es decir, el coste de la llamada no podrá ser superior a la de una llamada nacional cualquiera.
  2. Se amplía el plazo para ejercer el derecho de desistimiento (derecho a devolver el producto) a los 14 días naturales, tanto para las ventas presenciales como electrónicas. Seguir leyendo

Derecho de desistimiento del consumidor ante una compra online

¿Dónde está regulado?

A pesar de que la regulación sobre el comercio electrónico se encuentra recogida en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, lo cierto es, que el derecho de desistimiento que tiene un consumidor ante una compra online se rige por la normativa común , esto es, por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

¿Qué es el derecho de desistimiento?

Es el derecho que tiene todo consumidor a devolver lo que ha comprado, dejando el contrato sin efecto, como si nunca hubiese existido.

El artículo 68.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007 que aprueba el texto de  la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios lo define como:

El derecho de desistimiento de un contrato es la facultad del consumidor y usuario de dejar sin efecto el contrato celebrado, notificándoselo así a la otra parte contratante en el plazo establecido para el ejercicio de ese derecho, sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización de ninguna clase. Seguir leyendo

Derecho de desistimiento del consumidor ante un contrato electrónico

Para poder garantizar la contratación electrónica con consumidores, se debe ofrecer al consumidor de forma clara y accesible la posibilidad de ejercer el derecho de desistimiento.

En una situación convencional, el consumidor ve, toca y sabe lo que está comprando, en cambio, en un contrato a distancia, el consumidor puede ver una fotografía de lo que va a comprar, pero no sabe cómo es realmente, por eso, es muy importante que pueda ejercitar el derecho de desistimiento y que el empresario o prestador del servicio le ofrezca de forma clara y accesible esta posibilidad.

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Concepto, tipos y consecuencias de la imposición de cláusulas abusivas en un contrato electrónico

El problema que tiene un consumidor o usuario frente a un contrato electrónico o a distancia, es que no puede negociar las cláusulas que va a aceptar.

Las cláusulas vienen establecidas por el prestador del servicio y el consumidor, únicamente, puede aceptarlas o rechazarlas, pero no puede ni negociarlas, ni modificarlas, ni eliminarlas, como ocurriría ante un contrato convencional. Lo que puede suponer dejar al consumidor en una posición desfavorable frente al prestador del servicio.

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Requisitos legales de las Condiciones Generales de Contratación en un sitio web

La regulación de los requisitos legales que deben cumplir las Condiciones Generales de Contratación, así como, la forma y cómo deben aparecer en un sitio web, para poder contratar electrónicamente, viene recogida en la siguiente normativa:

  1. Directiva 97/7/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de fecha 20 de mayo de 1997, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia.
  2. Artículo 80 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  3. Artículos 27.4 y 38.3 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
  4. Artículos 5 y 7 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.

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Información legal, sobre contratación electrónica, que debe contener un sitio web que vende sus servicios o productos a consumidores

La regulación del comercio electrónico y de la  protección de los consumidores (aunque la venta se haga a través de la Red) viene recogida en:

  1. La Directiva 2000/31/CE, sobre comercio electrónico.
  2. Título IV (artículos 23 a 29)  de La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (transposición de la Directiva anterior).
  3. Libro II (artículos 59 y siguientes) del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Esta normativa lo que pretende es: por un lado, regular el contrato electrónico y, por otro, equiparar la protección del consumidor (ante este tipo de contratos) al mismo nivel en el que se encontraría ante un contrato tradicional (realizado fuera de la Red).

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