La respuesta a esta pregunta es:
En principio y salvo que el autor de la imagen así lo consienta no, no se pueden coger imágenes de terceros y publicarlas sin su consentimiento en páginas webs o blogs.
Así, nuestra legislación, concretamente, la Ley de Propiedad Intelectual establece y regula los derechos de autor, entre los que se encuentran, el derecho del autor a decidir cómo y cuándo va a publicar su obra.
Además, nos podemos encontrar con imágenes cuyos derechos de explotación (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación) han sido cedidos por el autor, a cambio de un precio, a terceros. En este caso, para poder utilizar la obra, a quien deberemos pedir permiso no es al autor de la obra, sino al tercero que tiene adquiridos los derechos de explotación de la misma.
Por tanto, en principio para hacer uso de una obra debemos pedir consentimiento al titular de los derechos de la misma (al autor o al tercero que los haya adquirido).
No obstante, hay una excepción a la obligación de obtener el consentimiento del autor, o del tercero titular de los derechos sobre la obra y es, el denominado derecho de cita. Seguir leyendo