Requisitos de la Política de Privacidad de un sitio web

Cualquier sitio web que recoja y trate datos de carácter personal debe tener un espacio dedicado a la política de privacidad o política de protección de datos (es lo mismo).

Así, mediante la política de privacidad, se debe informar al usuario de la protección y finalidad que recibirán los datos de carácter personal que introduzca en el sitio web.

Para saber cómo podemos tener una política de privacidad de conformidad con la normativa, tenemos que acudir, no solo, a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, sino también a los informes que la Agencia Española de Protección de Datos haya dictado al respecto.

Seguir leyendo

Principios de la Protección de Datos

Los principios que regulan la protección de datos vienen regulados en el título II de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (artículos 4 a 12).

El artículo 4, titulado la calidad de los datos, establece el equilibrio que debe haber entre los datos solicitados al interesado y la finalidad de los mismos. De manera que, los datos solicitados sean los estrictamente necesarios para la finalidad para la que fueron recogidos.  Quedando prohibida, por tanto, la solicitud de datos no necesarios para el objetivo o la finalidad perseguida.

Seguir leyendo

Derecho de desistimiento del consumidor ante un contrato electrónico

Para poder garantizar la contratación electrónica con consumidores, se debe ofrecer al consumidor de forma clara y accesible la posibilidad de ejercer el derecho de desistimiento.

En una situación convencional, el consumidor ve, toca y sabe lo que está comprando, en cambio, en un contrato a distancia, el consumidor puede ver una fotografía de lo que va a comprar, pero no sabe cómo es realmente, por eso, es muy importante que pueda ejercitar el derecho de desistimiento y que el empresario o prestador del servicio le ofrezca de forma clara y accesible esta posibilidad.

Seguir leyendo

Concepto, tipos y consecuencias de la imposición de cláusulas abusivas en un contrato electrónico

El problema que tiene un consumidor o usuario frente a un contrato electrónico o a distancia, es que no puede negociar las cláusulas que va a aceptar.

Las cláusulas vienen establecidas por el prestador del servicio y el consumidor, únicamente, puede aceptarlas o rechazarlas, pero no puede ni negociarlas, ni modificarlas, ni eliminarlas, como ocurriría ante un contrato convencional. Lo que puede suponer dejar al consumidor en una posición desfavorable frente al prestador del servicio.

Seguir leyendo

Requisitos legales de las Condiciones Generales de Contratación en un sitio web

La regulación de los requisitos legales que deben cumplir las Condiciones Generales de Contratación, así como, la forma y cómo deben aparecer en un sitio web, para poder contratar electrónicamente, viene recogida en la siguiente normativa:

  1. Directiva 97/7/CE del Parlamento europeo y del Consejo, de fecha 20 de mayo de 1997, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia.
  2. Artículo 80 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  3. Artículos 27.4 y 38.3 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
  4. Artículos 5 y 7 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.

Seguir leyendo

Información legal, sobre contratación electrónica, que debe contener un sitio web que vende sus servicios o productos a consumidores

La regulación del comercio electrónico y de la  protección de los consumidores (aunque la venta se haga a través de la Red) viene recogida en:

  1. La Directiva 2000/31/CE, sobre comercio electrónico.
  2. Título IV (artículos 23 a 29)  de La Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (transposición de la Directiva anterior).
  3. Libro II (artículos 59 y siguientes) del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Esta normativa lo que pretende es: por un lado, regular el contrato electrónico y, por otro, equiparar la protección del consumidor (ante este tipo de contratos) al mismo nivel en el que se encontraría ante un contrato tradicional (realizado fuera de la Red).

Seguir leyendo

¿Una dirección IP es un dato de carácter personal?

Una dirección IP (Internet Protocol) es una sucesión numérica ordenada de forma jerárquica y lógica que identifica la conexión de un dispositivo electrónico a una red. Dicho de otra forma, es la dirección de nuestro ordenador en internet.

La Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de fecha 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos, define el dato personal como (artículo 2 a):

Seguir leyendo

¿La dirección de correo electrónico es un dato de carácter personal?

La definición de dato de carácter personal viene recogida en los artículos 3 a) de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre) y en el artículo 5.1 f) del Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal (Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre).

Así, el artículo 3 a) de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal establece que un dato de carácter personal es:

Cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables

Seguir leyendo

Las bases de datos: obras protegidas por la ley de propiedad intelectual (derechos sui generis)

Las bases de datos, en contra de lo que pueda parecer, son obras protegidas por la ley de Propiedad Intelectual.

Así viene regulado en los artículos 133 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

La ley prevé esta protección porque entiende que las bases de datos son una obra de gran inversión y esfuerzo por parte de quien las crea (fabricante) y, por tanto, tanto trabajo debe ser protegido ya que, al fin y al cabo, la creación de una base de datos no deja de ser, al final, la creación de una obra intelectual.

Seguir leyendo

Recursos contra una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos

Las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) tienen la característica de poner fin a la vía administrativa, es decir, si una persona o entidad no está conforme con una resolución dictada en su contra por la AEPD y quiere recurrirla, únicamente tiene dos vías:

  • Recurso de Reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Estos dos recursos no son excluyentes entre ellos. Se puede interponer recurso de reposición y, si no se nos da la razón, podemos interponer recurso contencioso-administrativo o interponer directamente recurso contencioso-administrativo.

Seguir leyendo