Desde el momento en que una empresa tiene trabajadores o recoge datos personales (nombre, apellidos, teléfono, dirección, etc.) de sus clientes, la respuesta es sí, la empresa debe cumplir con la LOPD.
Por tanto, cualquier empresa deberá cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), salvo que, se trate de una empresa sin trabajadores, sin cámaras de videovigilancia y cuyos clientes únicamente sean personas jurídicas (profesionales autónomos u otras empresas). Es decir, empresas que solo recojan y traten datos de autónomos o empresas. Situación ésta, cuanto menos, poco habitual.
¿Qué implica cumplir con la LOPD?
Para cumplir con la normativa de protección de datos (LOPD) deben cumplirse una serie de requisitos:

El uso de las nuevas tecnologías es parte ya de nuestra vida diaria y fruto de ello, cada día nacen nuevos productos y servicios ofrecidos a través de medios tecnológicos (por ejemplo, aplicaciones móviles). El problema de dichos productos y servicios es que son creados con una finalidad concreta y con un objetivo económico claro y pocas veces, mientras se diseña y crea el producto o servicio, se piensa en cómo, una vez terminado, va a afectar dicho proyecto a la privacidad del usuario que lo utilice, es decir, cómo se va a proteger la intimidad del usuario que utilice el producto.
¿Qué es la cesión de datos personales?